martes, 26 de febrero de 2013

Histórica iniciativa: el Polisario demanda al Consejo ante el Tribunal de la UE

El interés nacional de España es un Sahara Occidental libre y no anexionado por Marruecos. La prueba de esto se encuentra en una noticia de importancia histórica producida el 23 de febrero y sobre la que, sin embargo, asombrosamente, hasta hoy día 26 de febrero, nadie había llamado la atención sobre ella ¡ni siquiera la agencia saharaui de noticias!. El mérito es de César Lumbreras, el especialista de asuntos agrícolas del diario LA RAZÓN que publica una detallada información de dos páginas sobre el hecho. La noticia es ésta: el Frente Polisario ha recurrido ante el Tribunal de Justicia de la UE el acuerdo firmado entre la UE y Marruecos en diciembre de 2009, reformando el acuerdo de asociación de 1996 para dar mayores ventajas comerciales a los productos agrícolas y pesqueros de Marruecos. Este acuerdo, gravemente perjudicial para España, no ha sido recurrido por el Gobierno de Mariano Rajoy Brey. Sin embargo, el Frente Polisario lo ha recurrido por considerar que la inclusión en el mismo de los productos del Sahara Occidental es contrario a la legalidad internacional.

I. REVISIÓN DEL ACUERDO UE-MARRUECOS EN 2009: QUEDA DE MANIFIESTO LA COMPLICIDAD DE LOS GOBIERNOS DE RODRÍGUEZ Y DE RAJOY CON EL MAJZEN

En diciembre de 2009 la ministra zapateril de Agricultura, Elena Espinosa Mangana, apoyaba una reforma del acuerdo euromediterráneo de asociación entre la UE y el reino de Marruecos para dar mayores ventajas comerciales a los productos agrícolas y pesqueros marroquíees. Esa reforma se firmó en las mismas fechas en las que Aminatu Haidar derrotó a Mohamed VI y a Moratinos y consiguió que se le reconociera su derecho a entrar y salir libremente de su país, el Sahara Occidental.


En esa fecha, el entonces jefe de la oposición, Rajoy así como varios periodistas del lobby pro-marroquí español lanzaron la infamia de que Haidar era la causante de este acuerdo perjudicial para España. Apenas unos días después de esta infamia los agricultores franceses dejaron bien claro que la causa del Sahara Occidental era, no la causa de una medida lesiva para la agricultura europea, sino la que podía salvarla.

Meses después, ya en 2012, en este blog, ya siendo Rajoy presidente del Gobierno, me hice eco de que este acuerdo agrícola, así como la negociación de un nuevo acuerdo pesquero, suponía un sabotaje a las negociaciones sobre el futuro del territorio del Sahara Occidental.

Exponiendo datos, he dejado claro en este blog que este nuevo acuerdo de la UE con Marruecos perjudica gravemente a la agricultura española y que el gobierno Rajoy NO ESTÁ HACIENDO TODO LO QUE PODRÍA HACER PARA PROTEGER A NUESTRA AGRICULTURA: POR EJEMPLO, IMPUGNANDO EL ACUERDO ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE. Tan es así que la propia prensa marroquí ha considerado al ministro Miguel Arias Cañete como "abogado de Marruecos".

Meses después han sido varias las noticias en España que han puesto de manifiesto que este acuerdo, contra el que Rajoy y Arias Cañete no quieren hacer nada, era gravemente lesivo para la agricultura española:

- "El sector alimentario rechaza el acuerdo con Marruecos" (El País, 2-VII-2012);
- "Cañete no pedirá ayudas a la UE por el acuerdo agrícola marroquí" (El Mundo, 24-II-2012);
- "El sector agrícola rechaza de plano el acuerdo de la UE con Marruecos" (El País, 18-II-2012);
- "La UE pacta con Rabat y hunde al campo español" (La Razón 17-II-2012).

II. EL FRENTE POLISARIO HACE LO QUE LOS GOBIERNOS DE RODRIGUEZ Y RAJOY NO HAN QUERIDO HACER Y RECURRE EL ACUERDO UE-MARRUECOS ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA

La decisión es de una importancia histórica porque es la PRIMERA VEZ en la historia que el Frente Polisario acude a un tribunal internacional, en este caso, el Tribunal de Justicia de la UE, para defender los derechos del pueblo saharaui.

El recurso ha sido anunciado en el DF" target="_blank">número C-055 del DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA de 23 de febrero de 2013, en sus páginas 14 y 15.
Reproduzco, por su extraordinaria importancia, este texto:
Recurso interpuesto el 19 de noviembre de 2012 — Frente Polisario/Consejo
(Asunto T-512/12)
(2013/C 55/26)
Lengua de procedimiento: francés

Partes
Demandante: Frente Popular de Liberación de Saguía el Hamra y Río de Oro (Frente Polisario) (El Aiún) (representante: C.-E. Hafiz, abogado)
Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— Anule el acto impugnado y, en consecuencia, todos los actos de aplicación.

Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos contra i) la Decisión 2012/497/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2012, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre medidas recíprocas de liberalización del comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de la pesca, sustitución de los Protocolos n os 1, 2 y 3 y los anexos de estos Protocolos, y modificación del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra (DO L 241, p. 2), así como ii) el Reglamento de Ejecución (UE) n o 812/2012 de la Comisión, de 12 de septiembre de 2012, por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 747/2001 del Consejo en lo que respecta a los contingentes arancelarios de la Unión para determinados productos agrícolas y productos agrícolas transformados, originarios de Marruecos (DO L 247, p. 7).

La parte demandante estima que como representante del pueblo saharaui está directa e individualmente afectada por dichos actos.

1) Primer motivo, basado en la vulneración del principio de motivación, pese a que la motivación era especialmente necesaria dado el entorno jurídico y, por otra parte, violación del derecho a ser oído, dado que el Frente Polisario no ha sido consultado.

2) Segundo motivo, basado en la violación de los derechos fundamentales protegidos por el artículo 67 TFUE, el artículo 6 TUE y los principios sentados por la jurisprudencia al no respetar el derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui y al favorecer la política de anexión mantenida por el Reino de Marruecos, potencia ocupante según la parte demandante. La parte demandante alega además, la vulneración del principio de coherencia previsto en el artículo 7 TFUE mediante la violación del principio de soberanía, así como la violación de los valores que fundamentan la Unión Europea y los principios que presiden su acción exterior en contradicción con los artículos 2 TUE, 3 TUE, apartado 5, 21 TUE y 205 TFUE.

3) Tercer motivo, basado en la violación de los acuerdos internacionales celebrados por la Unión Europea, y, en particular, el acuerdo de asociación celebrado entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos, así como la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

4) Cuarto motivo, basado en la violación de varias normas de Derecho internacional, entre ellas el derecho de autodeterminación, el efecto relativo de los tratados y las disposiciones esenciales del Derecho internacional humanitario.

5) Quinto motivo, basado en la ilegalidad de los actos impugnados, en la medida en que la ilegalidad del comportamiento de la Unión Europea con arreglo al Derecho internacional conlleva la ilegalidad de estos actos.
 

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