PARLAMENTO EUROPEO
Norbert Neuser
Diputado al Parlamento Europeo
Señora Ashton, Alta Representante para los asuntos exteriores y la política de seguridad
Señora Comisaria Damanaki
Consejo de la UE / Comisión Europea
En nombre del Intergrupo Sahara Occidental que representa más de 60 diputados europeos de todos los grupos políticos, incluso el relator para la resolución del Parlamento Europeo sobre la dimensión externa de la política de pesca de la UE, Isabella Lövin, nosotros los diputados del Parlamento Europeo, que formamos el consejo del Intergrupo Sahara Occidental, expresamos nuestra preocupación relativa a las negociaciones en curso con Marruecos sobre el acuerdo de cooperación en el sector de la pesca, el cual, a nuestro creer, comprende las aguas del Sahara Occidental.
Como ustedes recordarán, un acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos solo puede ser concluido cuando los derechos humanos fundamentales son respetados por Marruecos – según las conclusiones del Consejo del 3 de febrero 2012[1] - y si el acuerdo está en conformidad con el derecho internacional. Teniendo en cuenta que la explotación de recursos de un territorio no autónomo, según el derecho internacional, exige que el acuerdo debe ser concluido a beneficio del pueblo del Sahara Occidental y de conformidad a sus deseos.
Igualmente queremos subrayar que la simple inclusión de una cláusula sobre los derechos humanos en un protocolo de pesca no aporta el acuerdo conforme al derecho internacional. Además, la cláusula sobre los derechos humanossolo tiene sentido cuando está respetada verdaderamente. Por el momento, no evaluamos la situación de los derechos humanos en Marruecos y particularmente en el Sahara Occidental controlado por Marruecos conforme a las normas internacionales en materia de derechos humanos.
Varios informes sobre Marruecos y el Sahara Occidental, como el informe de Centro Robert F. Kennedy para la justicia y los derechos humanos (Robert F. Kennedy Center for Justice and Human Rights), despues de su misión de establecimiento de hechos[2], o el último informe publicado por el relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura, Sr. Juan E. Méndez[3], confirman violaciones persistentes de los derechos humanos, incluso la tortura y los malos tratos, la violación de la libertad de expresión y de reunión igual que la intimidación continua de los activistas independentistas saharauis. Quisieramos subrayar además que el rechazo a la entrada de Marruecos de cuatro miembros del Parlamento Europeo el 6 de marzo, quienes querían observar la situación de los derechos humanos en el Sahara Occidental ocupado no ayuda en disolver las preocupaciones relativas a la situación de los derechos humanos.
Como diputados del Parlamento Europeo, queremos recordarles que hemos declarado claramente que apoyamos los derechos fundamentales del pueblo del Sahara Occidental repetidas veces, la última vez en la resolución del Parlamento en el momento de la 22 sesión del Consejo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptada el 7 de febrero 2013.
21. Expresa su preocupación frente a la violación continua de los derechos humanos en el Sahara Occidental; llama a la protección de los derechos fundamentales del pueblo del Sahara Occidental, entre ellos, la libertad de asociación, la libertad de expresión y el derecho de manifestación; demanda la liberación de todos los presos políticos saharauis; se felicita por la nominación del Enviado Especial para el Sahel y destaca la necesidad de una vigilancia internacional de la situación de los derechos humanos en le Sahara Occidental; apoyan una solución justa y duradera del conflicto en la base del derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui en conformidad con resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;
Finalmente, queremos subrayar la posición del Parlamento Europeo en su resolución del 14 de diciembre 2011 sobre futuro protocolo al acuerdo de pesca con Marruecos que declara que todo acuerdo de pesca futuro deberá comprender una cláusula relativa al respeto de los derechos humanos y deberá respetar plenamente el derecho internacional. La conformidad con el derecho internacional exige que el acuerdo debe ser concluido de conformidad con los deseos del pueblo del Sahara Occidental y para su propio beneficio. Mientras que estas condiciones no estén satisfechas, no encontramos razón para aprobar nuevo protocolo al Acuerdo de Cooperación UE-Marruecos en el Dominio de la Pesca.
En este contexto, ¿podemos pedir explicaciones?
1) ¿Cómo evaluan ustedes la situación de los derechos humanos en Marruecos y en el Sahara Occidental?
2) ¿De qué manera podría tratar la cláusula relativa a los derechos humanos; violaciones de la libertad de expresión y de reunión y la intimidación de los activistas saharauis de derechos humanos? es decir, ¿bastaría ésto para la suspensión del acuerdo a los ojos de la Comisión?
3) Si comparten nuestro análisis en ralación con la conformidad del acuerdo de pesca con el derecho internacional.
4) ¿Cómo aseguran ustedes la conformidad del acuerdo de pesca con el derecho internacional, si el acuerdo engloba las aguas del Sahara Occidental, en particular cuando se trata de garantizar que el acuerdo se ejerce a beneficio y si está conforme a los deseos del pueblo saharaui ocupado?
Gracias por su respuesta.
Atentamente
Norbert Neuser Raül Romeva i Rueda
Presidente del Intergrupo Sahara Occidental Vice Presidente
Isabella Lövin
Relatora del informe del PE sobre la dimensión externa de la
politíca de la pezca de l’UE
Marco Scurria
Vice Presidente
Jill Evans
Vice Presidente
Ivo Vajgl Francisco Sosa Wagner
Vice-Président Vice-Président
[1] Conclusión del Consejo adoptada el 3 de febrero 2012
Sublaya que, en el marco de sus relaciones bilaterales de pezca con los Estados costeros, en el marco de cual está prevista una contrapartida financiera, el Unión debe:
- promover el respeto de los derechos humanos y la democracía que deberían constituir un elemento esencial para concluir acuerdos bilaterales, que permita a suspender todo acuerdo en caso de violaciones graves de los derechos humanos y principios democráticos;
[2] http://www.frontlinedefenders.org/files/prelimirary_report_on_western_sahara_by_rfk_centre.pdf
[3] http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session22/A-HRC-22-53-Add-2_en.pdf
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http://www.wshrw.org/eurodiputados-preguntan-si-el-acuerdo-pesquero-ue-marruecos-beneficia-y-es-conforme-a-los-deseos-del-pueblo-saharaui/
Norbert Neuser
Diputado al Parlamento Europeo
Señora Ashton, Alta Representante para los asuntos exteriores y la política de seguridad
Señora Comisaria Damanaki
Consejo de la UE / Comisión Europea
En nombre del Intergrupo Sahara Occidental que representa más de 60 diputados europeos de todos los grupos políticos, incluso el relator para la resolución del Parlamento Europeo sobre la dimensión externa de la política de pesca de la UE, Isabella Lövin, nosotros los diputados del Parlamento Europeo, que formamos el consejo del Intergrupo Sahara Occidental, expresamos nuestra preocupación relativa a las negociaciones en curso con Marruecos sobre el acuerdo de cooperación en el sector de la pesca, el cual, a nuestro creer, comprende las aguas del Sahara Occidental.
Como ustedes recordarán, un acuerdo de pesca entre la UE y Marruecos solo puede ser concluido cuando los derechos humanos fundamentales son respetados por Marruecos – según las conclusiones del Consejo del 3 de febrero 2012[1] - y si el acuerdo está en conformidad con el derecho internacional. Teniendo en cuenta que la explotación de recursos de un territorio no autónomo, según el derecho internacional, exige que el acuerdo debe ser concluido a beneficio del pueblo del Sahara Occidental y de conformidad a sus deseos.
Igualmente queremos subrayar que la simple inclusión de una cláusula sobre los derechos humanos en un protocolo de pesca no aporta el acuerdo conforme al derecho internacional. Además, la cláusula sobre los derechos humanossolo tiene sentido cuando está respetada verdaderamente. Por el momento, no evaluamos la situación de los derechos humanos en Marruecos y particularmente en el Sahara Occidental controlado por Marruecos conforme a las normas internacionales en materia de derechos humanos.
Varios informes sobre Marruecos y el Sahara Occidental, como el informe de Centro Robert F. Kennedy para la justicia y los derechos humanos (Robert F. Kennedy Center for Justice and Human Rights), despues de su misión de establecimiento de hechos[2], o el último informe publicado por el relator especial de las Naciones Unidas sobre la tortura, Sr. Juan E. Méndez[3], confirman violaciones persistentes de los derechos humanos, incluso la tortura y los malos tratos, la violación de la libertad de expresión y de reunión igual que la intimidación continua de los activistas independentistas saharauis. Quisieramos subrayar además que el rechazo a la entrada de Marruecos de cuatro miembros del Parlamento Europeo el 6 de marzo, quienes querían observar la situación de los derechos humanos en el Sahara Occidental ocupado no ayuda en disolver las preocupaciones relativas a la situación de los derechos humanos.
Como diputados del Parlamento Europeo, queremos recordarles que hemos declarado claramente que apoyamos los derechos fundamentales del pueblo del Sahara Occidental repetidas veces, la última vez en la resolución del Parlamento en el momento de la 22 sesión del Consejo de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptada el 7 de febrero 2013.
21. Expresa su preocupación frente a la violación continua de los derechos humanos en el Sahara Occidental; llama a la protección de los derechos fundamentales del pueblo del Sahara Occidental, entre ellos, la libertad de asociación, la libertad de expresión y el derecho de manifestación; demanda la liberación de todos los presos políticos saharauis; se felicita por la nominación del Enviado Especial para el Sahel y destaca la necesidad de una vigilancia internacional de la situación de los derechos humanos en le Sahara Occidental; apoyan una solución justa y duradera del conflicto en la base del derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui en conformidad con resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;
Finalmente, queremos subrayar la posición del Parlamento Europeo en su resolución del 14 de diciembre 2011 sobre futuro protocolo al acuerdo de pesca con Marruecos que declara que todo acuerdo de pesca futuro deberá comprender una cláusula relativa al respeto de los derechos humanos y deberá respetar plenamente el derecho internacional. La conformidad con el derecho internacional exige que el acuerdo debe ser concluido de conformidad con los deseos del pueblo del Sahara Occidental y para su propio beneficio. Mientras que estas condiciones no estén satisfechas, no encontramos razón para aprobar nuevo protocolo al Acuerdo de Cooperación UE-Marruecos en el Dominio de la Pesca.
En este contexto, ¿podemos pedir explicaciones?
1) ¿Cómo evaluan ustedes la situación de los derechos humanos en Marruecos y en el Sahara Occidental?
2) ¿De qué manera podría tratar la cláusula relativa a los derechos humanos; violaciones de la libertad de expresión y de reunión y la intimidación de los activistas saharauis de derechos humanos? es decir, ¿bastaría ésto para la suspensión del acuerdo a los ojos de la Comisión?
3) Si comparten nuestro análisis en ralación con la conformidad del acuerdo de pesca con el derecho internacional.
4) ¿Cómo aseguran ustedes la conformidad del acuerdo de pesca con el derecho internacional, si el acuerdo engloba las aguas del Sahara Occidental, en particular cuando se trata de garantizar que el acuerdo se ejerce a beneficio y si está conforme a los deseos del pueblo saharaui ocupado?
Gracias por su respuesta.
Atentamente
Norbert Neuser Raül Romeva i Rueda
Presidente del Intergrupo Sahara Occidental Vice Presidente
Isabella Lövin
Relatora del informe del PE sobre la dimensión externa de la
politíca de la pezca de l’UE
Marco Scurria
Vice Presidente
Jill Evans
Vice Presidente
Ivo Vajgl Francisco Sosa Wagner
Vice-Président Vice-Président
Willy Meyer
Vice Presidente
Ver aquí la carta: Letter FPA Morocco Ashton Damanaki 18 March 2013 Sublaya que, en el marco de sus relaciones bilaterales de pezca con los Estados costeros, en el marco de cual está prevista una contrapartida financiera, el Unión debe:
- promover el respeto de los derechos humanos y la democracía que deberían constituir un elemento esencial para concluir acuerdos bilaterales, que permita a suspender todo acuerdo en caso de violaciones graves de los derechos humanos y principios democráticos;
[2] http://www.frontlinedefenders.org/files/prelimirary_report_on_western_sahara_by_rfk_centre.pdf
[3] http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/RegularSession/Session22/A-HRC-22-53-Add-2_en.pdf
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http://www.wshrw.org/eurodiputados-preguntan-si-el-acuerdo-pesquero-ue-marruecos-beneficia-y-es-conforme-a-los-deseos-del-pueblo-saharaui/
LOS EUROPEOS ,ESPECIALMENTE LOS ESPANOLES ADEMAS DE TRAICIONARNOS ,ABANDONANDONOS INDEFENSOS,SIGUEN ROBANDONOS NUESTRO PESCADO Y ASI AYUDAR MAS AL REINO FEUDAL MARROQUI PARA QUE SIGA MACHACANDONOS Y NOSOTROS QUE SOMOS LOS DUENOS DE LAS RIQUEZAS DEL SAHARA A VIVIR POBRES Y DESGRACIADOS UNOS EN LOS TERRITORIOS OCUPADOS Y OTROS EN LOS CAMPAMENTOS DE REFUGIADOS EN TINDUF
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